parentesco de afinidad que se encuentra regulado en el código civil de chiapas
IV: el parentesco (sic) de afinidad en linea recta, sin limitación alguna.
X: el matrimonio subsistente con personas distintas de aquellas con quien pretenda contraer.
art. 154: el adoptante no puede contraer matrimonio con el adoptado a sus descendentes en tanto dure el lazo jurídico resultado de la adopción


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